Facturación Parees

Personas físicas (profesionales), asociaciones o comunidades de bienes

Documentación a presentar:

  1. Certificado de titularidad bancaria

    Se consigue en el banco

  2. Si tu IRPF está reducido al 7% también hay que presentar el documento:

    Comunicacion tipo reducido IRPF 7%

  3. Factura

    Las facturas se envían a: ten.tsefsederapnull@aloh

    En la columna de la derecha puedes descargar plantillas de facturas.

    Las facturas van dirigidas a:

    Fundación Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Oviedo
    19 de Julio, s/n (Teatro Campoamor) – 33002 Oviedo (Asturias)
    CIF Q3300365H


    Deben incluir siempre los siguientes códigos:

    Oficina Contable Dirección de Contabilidad:
    LA 0001226
    Órgano gestor Fundación Municipal de Cultura:
    LA 0001278
    Unidad Tramitadora Fundación Municipal de Cultura:
    LA 0001278

    El concepto de la factura siempre debe incluir el nombre del festival y el año: Parees 20XX

Facturas electrónicas

¿Quién está obligado?

La Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, establece la obligatoriedad de uso de la factura electrónica por parte de todos los proveedores de las Administraciones públicas.
La obligatoriedad se extiende a los entes indicados en el artículo 4º de la citada ley:

a) Sociedades anónimas;
b) Sociedades de responsabilidad limitada;
c) Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española;
d) Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establece la normativa tributaria;
e) Uniones temporales de empresas;
f) Agrupación de interés económico, Agrupación de interés económico europea, Fondo de Pensiones, Fondo de capital riesgo, Fondo de inversiones, Fondo de utilización de activos, Fondo de regularización del mercado hipotecario, Fondo de titulización hipotecaria o Fondo de garantía de inversiones.

¿Quién no está obligado?

No estarán obligados a la presentación de sus facturas en formato electrónico, las personas físicas (profesionales), asociaciones o comunidades de bienes.

¿Qué formato ha de tener la factura electrónica?

Las facturas electrónicas solo pueden ser emitidas en formato facturae, de acuerdo con la ley 25/2013, y sus disposiciones de desarrollo. Para más información consultar el siguiente enlace

¿Dónde se presentan las facturas electrónicas?

Las facturas electrónicas solo podrán presentarse a través del punto general de entrada de facturas electrónicas de la administración que corresponda. En el caso del Ayuntamiento de Oviedo, en virtud de acuerdo de adhesión, el punto general será el de la Administración del Estado (FACe), cuyo enlace es este.
En esta página se ofrece información de los pasos a seguir para presentar las facturas electrónicas a través del punto general de entrada.

Órganos administrativos implicados en la tramitación de la factura

Oficina Contable Dirección de Contabilidad:
LA 0001226
Órgano gestor Fundación Municipal de Cultura:
LA 0001278
Unidad Tramitadora Fundación Municipal de Cultura:
LA 0001278